Hay una mala práctica que se está generalizando más allá de lo razonable y es remitir desde el 2º nivel al paciente a atención primaria para que le informemos del resultado de las pruebas que ellos han solicitado y agilicemos el caso si lo precisa.
Antonio vino remitido por la neuróloga de zona con un volante “Solicitamos eco doppler TSA y recomendamos valorar resultado por MAP debido a la gran demora de cita de resultados en esta consulta. Si alteración remitir preferente.”
(Pincha en la foto para verla mejor)
A María Nieves le remiten también para que su MAP valore el resultado del TAC que le piden ellos.
Isabel dice que fue la enfermera que estaba en el escáner quién le dijo que si no quería esperar al traumatólogo para saber el resultado podría acudir a su médico de familia porque veríamos el informe en el ordenador a los 2 días.
¿Qué pintamos los médicos de primaria en esta “ruta”? NADA! es el profesional que pide la prueba quién debe informar del resultado, no se puede delegar esta obligación.
Según la LEY 41/2002, de 14 de noviembre, capitulo 2 articulo 4.3, “los profesionales que atiendan durante un proceso asistencial o le apliquen una técnica o procedimiento concreto serán responsables de informarle”.
Nuestra propuesta es por un lado remitir una incidencia al servicio responsable y por otro enviar al paciente con esta hoja al Área de Atención al Paciente (SAPU) para que le gestionen ellos lo que la ruta adecuada.